La Legislatura porteña aprobó por unanimidad una modificación del Inciso a) del artículo 21 de la Ley 1624 que conlleva una adecuación instantánea de los recursos asignados al Fondo del Deporte cada vez que aumente el monto de las unidades fijas referidas al mismo. De esta manera, consecutivamente se incrementará el fondo sin necesidad de evaluarlo anualmente con el tratamiento del presupuesto para los futuros ejercicios, beneficiando de forma directa a las Federaciones, a cientos de Clubes de Barrio y a los deportistas becados de la Ciudad.
Originalmente dicho fondo fue fijado en 3 millones de pesos y en los últimos años quedó estancado en 10,8 millones, ya que su actualización dependía de la asignación presupuestaria anual. Ahora, con los cambios introducidos a la norma, se fijaron los recursos en 935.000 unidades fijas anuales (uf), determinando en 15 pesos el valor de cada uf. De tal manera, el monto queda ahora actualizado en poco más de 14 millones de pesos.
La ley fue actualizada en base a despachos de las comisiones de Turismo y Deportes y de Presupuesto, por iniciativa de la diputada Silvia Gottero (BP), quien fue miembro informante en el recinto, donde también habló Juan Nosiglia (Ev). Se aprobó con la unanimidad de los 57 legisladores presentes.
La Ley 1624 tiene por objeto regular, promover, fiscalizar y coordinar el deporte amateur y profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario, reconociéndole una finalidad social y, en su artículo 21 del Capítulo V -Fondo del Deporte- trata sobre la creación del Fondo del Deporte, determinando la forma en que el mismo se integrará y detallando a su vez la fuente de dichos recursos.
Hay que tener en cuenta que la ley antes mencionada tiene como sujetos de derecho básicamente los niños, a quienes se debe proteger especialmente por ser un grupo vulnerable, y es en los clubes de barrio donde ellos desarrollan sus actividades deportivas. Es por ello que, es tan importante que los clubes puedan acceder a subsidios para mejoras edilicias, nuevas instalaciones, etc.
El artículo 1° dispone la modificación del artículo 21° de la Ley 1624 (texto consolidado por Ley N° 5.666), que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 21 -Creación- Créase el Fondo del Deporte que se integra con los siguientes recursos:
a) En la cantidad de 935.000 unidades fijas cuyo valor se establecerá anualmente con el tratamiento de la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de cada ejercicio.
b) Herencias, legados y donaciones.
c) Los reintegros e intereses de los préstamos que se acuerden conforme al régimen establecido en esta ley.
d) El producido de las multas que se apliquen en cumplimiento de esta ley y su reglamentación.
e) El patrimonio de las instituciones deportivas disueltas que no tuvieren otro destino previsto en sus estatutos.
f) Cualquier otra contribución que surja de otras disposiciones creadas o a crearse.”
Una cláusula transitoria establece el valor de quince pesos ($15) para cada unidad fija para el ejercicio 2018.