A pesar de que las empresas venden servicios por teléfono e Internet, a la hora de cortarlo el trámite resulta engorroso. ¿Qué hacer en estos casos?

 

Desde hace años las empresas de servicios han adoptado los llamados telefónicos y las páginas web como canales de venta. Todo vale a la hora de vender, pero el panorama cambia al momento de dar de baja.

 

Las consultas y quejas crecen en torno a la dificultad para dar de baja el servicio de telefonía móvil, de Internet ni de TV por cable. “No le puedo tomar la baja por teléfono, es personalmente” o “Solo recibimos los pedidos de baja por escrito del primero al 15 de cada mes”, son algunos de los obstáculos más escuchados. Mientras que, desde el sector de ventas se contactan para ofrecer nuevos servicios.

 

¿Cómo rescindir un servicio?

 

La ley de Defensa del Consumidor establece que los servicios sí se pueden dar de baja por teléfono o vía web. “Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación”.

 

Además, la empresa debe enviar al domicilio del cliente un certificado de la baja. “La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio del consumidor o usuario una constancia fehaciente dentro de las 72 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión. Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa enviare regularmente al domicilio del consumidor o usuario”, aclara la ley 24.240.

 

¿Cómo reclamar si la empresa no da de baja el servicio?

 

Lo recomendable es hacer una nota a Defensa del Consumidor, entidad que le exigirá a la empresa la baja del servicio con constancia escrita. Es un servicio gratuito que no necesita de abogados. Para ello se debe:

 

Escribir una nota explicando el caso. Incluir los datos y domicilio del denunciante y denunciado. Agregar los números de reclamo telefónicos que se hayan realizado, facturas, tickets, contratos u otros documentos relacionados al caso.

 

Realizar la denuncia. En Capital Federal se denuncia en los Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPC). A nivel nacional hay que dirigirse a los centros de Defensa al Consumidor. En dichas oficinas se acordará un turno para una audiencia de arbitraje.

 

En las audiencias se presenta el denunciante, titular del servicio, y un representante legal de la empresa que firma la baja del servicio. “El trámite resultó más simple de lo que esperaba. Cuando llegué el abogado de la empresa ya tenía el papel de la baja del cable impreso y firmado. Lamenté no ir antes a Defensa del Consumidor. La empresa no puso ni un pero”, contó Graciela, lectora de Villa Urquiza, quien había intentado dar de baja telefónica reiteradas veces sin resultados positivos.

 

Por Diario Veloz

 

 

0001536705