La diputada Cristina Gracía fue quién lo impulsó en las comisiones de Tránsito y Transporte y de Presupuesto,

La Legislatura sancionó hoy una ley que actualiza y modifica la legislación referida al sistema de estacionamiento regulado y pago en las calles de Buenos Aires, luego de evaluar los proyectos del Gobierno de la Ciudad. Las plazas para autos pagas pasarán de 4 mil a 125 mil, abarcando el 45% de la ciudad.

Fue aprobado con 33 votos del PRO, Confianza Pública e Interbloque Peronista. Hubo 21 negativos del FpV, Suma+, BC, CP, FR, PS, PSA, AyL y PTS. Además se determinó el pliego de bases y condiciones para la concesión de esos servicios.

Los principales preceptos de la nueva norma son los siguientes:

– “El sistema debe admitir distintos medios de pago de la tarifa, conforme lo establezca la reglamentación. Se admitirá el pago mediante el empleo de terminales de pago autónomas instaladas en la vía pública y mediante aplicaciones instaladas en teléfonos celulares y/o dispositivos móviles o a través de Internet. El sistema de pago del estacionamiento regulado mediante el empleo de terminales de pago autónomas instaladas en la vía pública estará garantizado en toda la Ciudad. En cada zona deberán existir los mismos medios de pago, pudiendo incluir entre ellos a las tarjetas de crédito, débito y tarjetas sin contacto”.

– “Concesión. El Poder Ejecutivo podrá llamar a licitación pública nacional para la concesión de la prestación de los distintos servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento Regulado”

– “Los concesionarios del sistema operarán y mantendrán el mismo a favor del Gobierno de la Ciudad, incluyendo la señalización horizontal y vertical, incluso en las zonas no tarifadas”.

– “Los ingresos del sistema provenientes de las tarifas por estacionamiento regulado que se efectúen a través de las terminales de pago autónomas instaladas en la vía pública o mediante aplicaciones instaladas en teléfonos celulares y/o dispositivos móviles o a través de Internet u otros, ingresarán directamente desde los agentes de cobro a una cuenta especial creada por el Gobierno de la Ciudad al efecto”.

– “Los ingresos del sistema provenientes del cobro del acarreo de vehículos, cualquiera sea su medio de pago, serán percibidos por los concesionarios por cuenta y orden del Gobierno de la Ciudad y serán tomados como pago a cuenta del precio fijo mensual”.

– “Los concesionarios pondrán a disposición de la autoridad de aplicación un sistema de acarreo con grúas que deberán operar siguiendo las instrucciones que imparta la autoridad de aplicación y a las órdenes de un funcionario público con poder de policía o de un miembro del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, y administrarán la o las playas de remoción que estén en su zona de concesión”.

– A los fines de este sistema, se dividirá la Ciudad en 5 zonas, cada una de las cuales contará como mínimo con una playa de remisión, la que será provista por el Gobierno. Ningún concesionario podrá ser adjudicatario de más de una zona.

– El plazo de la prestación del servicio será de diez años. La Licitación de todas las zonas será conjunta al igual que la fecha de comienzo de las concesiones.

– “Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas para la Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de concesión de servicio público la prestación de los servicios relacionados con el Sistema de Estacionamiento regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

–  “Las terminales multipropósito (TM), el software de administración centralizada y el aplicativo para pago móvil e Internet serán adquiridos por el Gobierno de la Ciudad mediante un procedimiento licitatorio convocado a tal efecto”.

Mediante tres clausulas transitorias se estableció: que el Ejecutivo adoptará las medidas necesarias de control y prestación del servicio público de estacionamiento, hasta tanto se implemente lo determinado por esta ley; que en 6 meses a partir de la promulgación se convocará a licitación pública y en 18 meses se procederá a la adjudicación; si en esos plazos no se hubiese dado satisfacción a lo establecido, el Ejecutivo deberá brindar el servicio público por sí mismo.