El diputado Maximiliano Ferraro inquirió sobre el posible acto de discriminación en que incurrió la Policía.

La Legislatura porteña aprobó hoy un pedido de informes sobre el accionar de la Policía de la Ciudad relacionado con la detención de Mariana Solange Gómez. La iniciativa impulsada por el diputado Maximiliano Ferraro (CC – Vamos Juntos) pide al Ejecutivo que se especifique “si el personal policial solicitó el certificado de casamiento a las personas denunciantes” y que se indique si se “actuó desproporcionadamente como indican las pruebas fílmicas que se conocen hasta el momento y que circulan en las redes sociales”.

Además, la Legislatura manifestó en un texto consensuado su preocupación por la detención de la joven, hecho que ocurrió el pasado 2 de octubre en la estación Constitución de la línea C del subterráneo porteño.

Se indagará sobre las características y razones de la detención llevada adelante, la veracidad de los dichos de las denunciadas en cuanto al trato en masculino hacia Mariana Gómez y qué tipo de capacitación en materia de derechos Humanos y diversidad recibe el personal policial.

La denuncia dice que Mariana, junto a su esposa Rocío Giral, fue violentamente reducida y luego trasladada por los agentes Jonatan Rojo y Karen Villarroel a la oficina de la Policía ubicada en la estación Boedo de la línea E. La explicación oficial es que la detención se debió a que estaba fumando en un sector no autorizado.

“De comprobarse lo denunciado por González y Giral, esta detención se convertiría en un acto discriminatorio por orientación sexual y es contrario a la Ley antidiscriminatoria de la Ciudad y al artículo 11 de la Constitución porteña que garantiza el derecho a ser diferente que no admite discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económico cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”, explicó Ferraro en los fundamentos del pedido de informe.

Además pondría en contradicción la orientación no discriminatoria que incluye la nueva Ley N° 5688/16 de Servicios de Seguridad de la ciudad de Buenos Aires donde en el Capítulo XVIII Políticas antidiscriminatorias y de género, el artículo 187, dice expresamente que: “La Policía de la Ciudad se subordina en su conformación y funcionamiento al espíritu antidiscriminatorio establecido en el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su personal se integra de forma proporcional según lo dispuesto en su artículo 36. Tiene en cuenta a su vez los principios dispuestos por la Ley 4376 de Políticas Públicas para el Reconocimiento y Ejercicio Pleno de la Ciudadanía de las Personas Lesbianas, Gays,Trans, Bisexuales e Intersexuales (LGTBI) (texto consolidado por Ley 5454).

Para Ferraro “ Los principios antidiscriminatorios de nuestra ciudad no pueden ser negados por nadie pero mucho menos por integrantes de las instituciones que deben promoverlos y resguardarlos. Todas las personas que habitan Buenos Aires están protegidas contra cualquier acto de discriminación y/o violencia por cuestiones de género, identidad sexual u orientación sexual y acoso u hostigamiento escolar a través de su Constitución y de las Leyes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 4.376, 3.062, y 5.688; y por las Leyes Nacionales N° 26.485, 26.873, 23.592, 26.743”.