Un amparo fue solicitado para que continue la asistencia alimentaria para que durante el receso escolar se siga repartiendo. Romina Tesone, titular del Juzgado n.° 1 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad indicó que la entrega de la Canasta Escolar Nutritiva debe seguir distribuyéndose “con la misma calidad o superior, a la totalidad de los alumnos y estudiantes que fueron beneficiarios durante el período escolar, a través de Centros de Distribución que considere pertinentes respetando el derecho de los docentes y directivos a las vacaciones tal como reconoce el Estatuto del Docente; o través del depósito en una tarjeta magnética alimentaria o cuenta bancaria de un monto de dinero equivalente o superior al entregado a cada empresa concesionaria por canasta escolar nutritiva».
Los que reclamaron, como indicó el sitio I Judicial, fueron Unión de Trabajadores de la Educación de la Capital (UTE); Asociación Civil Observatorio del Derecho de la Ciudad (AODC); Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos –Regional CABA- (APDH); Marcelo Eduardo López; María Eva Koutsovitis; Pablo Damián Spataro y Claudio Raúl Lozano, con el patrocinio etrado de Jonatan Baldiviezo. Mientras que la parte demandada, es el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En referencia al estado procesal, se informa que «con fecha 30 de diciembre de 2020 se ordenó cautelarmente a la demandada que ‘–por los canales oficiales mediante los que establece su comunicación con la comunidad educativa en todos sus niveles- en el término de dos (2) días de notificado emita una circular y publique en la página oficial del GCBA correspondiente al Ministerio de Educación una nota en la que se haga saber a las familias que –de requerir soporte alimentario durante el receso de verano- podrán solicitarla a través de los programas de asistencia alimentaria vigentes y se detallen los modos de peticionarla y cuáles son lugares o medios de contacto por donde pueden para tramitarla’ y se dispuso proveer el traslado de la demanda una vez vencido el plazo de publicidad». El expediente tramita por ante la secretaría n.º 2, ubicada en Av. de Mayo 654 7°, de esta Ciudad, a cargo de María de los Ángeles Tagliaferri.-