En la ciudad de Buenos Aires, no pagarán comisiones, pero las inmobiliarias dicen que eso llevará a la suba total.

La Legislatura porteña aprobó hoy la modificación de la ley 2340, por la cual el flamante inciso 2 del artículo 11, estableció un límite a las comisiones a cobrar por parte de los corredores inmobiliarios en un 4,15% como máximo. La iniciativa fue aprobada con 51 votos a favor.

De acuerdo a la Encuesta Anual de Hogares de la Ciudad, el 35,7% de los inmuebles con destino para viviendas son ocupados por inquilinos en Buenos Aires y con la flamante ley, el monto máximo de la comisión a cobrar por parte de las inmobiliarias será del 4,15% del valor total del contrato, .

Así, más de un millón de porteños que revisten la condición de inquilinos, se verán beneficiados por la norma que modifica la ley 2340 de 2007, ya que disminuirán los gastos que tienen que afrontar al inicio del contrato y ahora se prohíbe que todas la inmobiliarias matriculadas cobren comisiones y/u honorarios por la renovación del contrato de alquiler.

La ley aprobada hoy, que despachó la comisión de Legislación General, presidida por el diputado Daniel del Sol (PRO), impide que los nuevos locadores paguen informes solicitados a los organismos oficiales sobre las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones, respecto de la operación y las partes intervinientes. .

La nueva legislación consensuada obliga a que tanto en las publicidades de página web como en la misma inmobiliaria se exhiba el siguiente aviso: “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”

El despacho de mayoría, que se corporizó con los expedientes de diversos diputados como Adrián Camps (PSA), Claudio Marcelo Palmeyro (BSP), María Magdalena Tiesso (FPV), María Rosa Muiños (BP), Javier Andrade (BP) y Lía Rueda (PRO), en sus considerandos afirmó que “el desafío de encontrar nuevas maneras de articular la situación de los alquileres con destino habitacional y de garantizar el desarrollo de condiciones que permitan a cada vez mayor cantidad de vecinos de la Ciudad acceder a un alquiler formal”

Lo sancionado esta tarde establece lo siguiente:

– “Para los casos de locaciones de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, el monto máximo de la comisión será el equivalente al 4,15 por ciento del valor total del respectivo contrato, a cargo del locador” (nuevo inciso 2 del art. 11).

– “Queda expresamente prohibido en las locaciones con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la locación. La prohibición resulta extensiva a los honorarios por la administración de dichas locaciones” (nuevo inciso 7 del artículo 13).

– Las inmobiliarias podrán “solicitar informes a los organismos oficiales sobre las condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones (…) Los costos de gestoría de dichos informes no podrán ser requeridos a los locatarios de inmuebles con destino habitacional que sean personas físicas” (nuevo inciso 2 del art. 10).

“En Buenos Aires hay una tendencia creciente en el numero de inquilinos. En los últimos 10 años se incrementó de un 27,6% a 35.2%. Una de cada dos familias que alquilan en nuestra Ciudad, por eso es importante que la Legislatura pueda intervenir y regular, el objetivo es encontrar la mejor formas para garantizar la protección de un derecho fundamental, humano, básico y esencial reconocido constitucionalmente como es el acceso a la vivienda digna”, explicó el diputado Maximiliano Ferraro sobre la importancia de la aprobación de este proyecto.