COMUNA 1 – COMUNA 2 – COMUNA 3 – COMUNA 4 – COMUNA 5
COMUNA 6 – COMUNA 7 – COMUNA 8 – COMUNA 9 – COMUNA 10
COMUNA 11 – COMUNA 12 – COMUNA 13 – COMUNA 14 – COMUNA 15
Buenos Aires está dividida en 15 Comunas por la ley 1.777, sancionada por la Legislatura en 2005. Son oficinas descentralizadas del Gobierno de la Ciudad (GCBA), que brindan servicios, tienen autoridades votadas y gestión administrativa autónoma. Contienen varios barrios, salvo tres: Recoleta (C2), Caballito (C6) y Palermo (C14)
Servicios
En las comunas se pueden hacer múltiples trámites como asesorarse sobre impuestos (Rentas), renovar el Documento Nacional de Identidad, solicitar matrimonio o pedir partidas de nacimiento (Registro Civil), renovar la licencia de conducir o pagar las infracciones de tránsito, habilitar comercios; así como también reclamar por servicios públicos, entre muchos otros (hacer clic en cada comuna para ver horarios). La principal ventaja es que los vecinos no deben acercarse a las oficinas céntricas de la ciudad para realizar trámites o reclamos
Funciones
Las Comunas tienen algunas competencias exclusivas: el mantenimiento de las calles y veredas (vías secundarias, donde quedan excluidas las avenidas); cuidado de los espacios verdes; programas locales de desarrollo urbano; promoción, asistencia y asesoramiento a ONG como asociaciones o fundaciones; resolución de conflictos y reclamos; entre otros. El total del presupuesto de las 15 comunas no puede superar al del 5% del GCBA. También tienen competencias concurrentes con la ciudad y hoy, ya ejercen el poder de policía para fiscalizar el uso del espacio público.
Gobierno
Cada una tiene un órgano de gobierno compuesto por la Junta Comunal y su presidente. Los 7 miembros que componen a la Junta son elegidos por el voto de los vecinos y duran en sus cargos cuatro años. El presidente, es el primero de la lista que obtuvo la mayor cantidad de votos en los comicios.
Además, cada Comuna cuenta con un Consejo Consultivo integrado por representantes de entidades vecinales, partidos y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial. Este Consejo, con voz pero sin voto, asesora a la Junta Comunal y debería, canalizar demandas, presentar propuestas y definir prioridades.